La disputa por la Ley de Tierras llega a la Corte Suprema: el amparo nació en Bariloche

La Asociación Civil Árbol de Pie, junto a dos comunidades mapuches, impulsó el amparo que ahora será analizado por la Corte Suprema. El planteo cuestiona la derogación de la Ley de Tierras Rurales mediante el DNU 70/23 y reclama que la normativa vuelva a estar vigente.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación avanzará con el análisis de un amparo presentado desde Bariloche contra la derogación de la Ley de Tierras Rurales 26.737. El recurso fue impulsado por la Asociación Civil Árbol de Pie junto a las comunidades mapuches Lafkenche y Fvta Anecon.

El planteo cuestiona el artículo 154 del DNU 70/23, firmado por el presidente Javier Milei, que derogó la normativa que establecía límites a la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros. La causa había sido presentada originalmente el 28 de diciembre de 2023 ante la Justicia Federal de Bariloche.

La decisión de avanzar con este expediente se produjo luego de que la Corte Suprema rechazara otro amparo presentado por el Centro de Excombatientes Islas Malvinas (CECIM), al considerar que esa organización no tenía legitimación para intervenir en el caso. En aquella oportunidad, el máximo tribunal revocó una sentencia que había declarado inconstitucional el artículo 154 del DNU.

Ahora, el escenario es diferente. La Corte no logró reunir la mayoría necesaria entre sus integrantes para resolver el planteo de Árbol de Pie y decidió incorporar dos conjueces. Se trata del camarista de Casación Penal Diego Barroetaveña y del presidente de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, Juan Pérez Curci.

Qué plantea el amparo presentado desde Bariloche

Los abogados que representan a los amparistas sostienen que la Ley de Tierras constituye una norma de presupuestos mínimos en materia ambiental y que su derogación puede afectar la protección de territorios considerados estratégicos desde el punto de vista ambiental.

El planteo también incorpora la situación de los pueblos originarios que todavía esperan el relevamiento territorial previsto por la Ley 26.160. Según los impulsores del amparo, la derogación genera incertidumbre jurídica respecto del acceso a la propiedad comunitaria.

Uno de los puntos centrales es que, con la derogación, dejó de existir el límite que establecía la Ley 26.737 para la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros. La normativa anterior fijaba, entre otras restricciones, un límite general del 15% para la titularidad extranjera y restricciones específicas en zonas de frontera.

Desde Árbol de Pie también advierten sobre el impacto que podría tener la adquisición de grandes superficies en zonas de bosques, nacientes de ríos y áreas próximas a fronteras. Estas afirmaciones forman parte de los argumentos de la organización para reclamar la restitución de la legislación.

La Corte deberá determinar primero si el amparo resulta admisible y, de avanzar, analizar el planteo de fondo sobre la constitucionalidad de la derogación. El expediente podría convertirse así en una nueva instancia judicial sobre una de las medidas adoptadas mediante el DNU 70/23.

Por el momento, no existe un plazo reglamentario determinado para que el máximo tribunal dicte sentencia. Los impulsores del amparo esperan que la Corte avance sobre la cuestión de fondo y defina si el artículo 154 del decreto debe mantenerse vigente o quedar sin efecto.

Sé el primero en comentar

Deja un comentario

Tu dirección de correo no será publicada.


*