La Corte Suprema acelera la definición sobre la Ley de Tierras y suma dos conjueces

La Corte Suprema de Justicia de la Nación aceleró el trámite de la causa que cuestiona la derogación de la Ley de Tierras Rurales. El máximo tribunal designó a dos conjueces y redujo a 24 horas el plazo para cuestionar la integración, en un expediente impulsado por la Asociación Civil Árbol de Pie, comunidades indígenas y la legisladora rionegrina Magdalena Odarda.

Una causa que vuelve a poner la Ley de Tierras en el centro del debate

La Corte Suprema designó a Diego Barroetaveña, integrante de la Cámara Federal de Casación Penal, y Juan Ignacio Pérez Curci, de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, como conjueces para intervenir en la causa que cuestiona el artículo 154 del DNU 70/23.

Ese artículo derogó la Ley 26.737 de Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de Tierras Rurales, conocida como Ley de Tierras, que establecía restricciones a la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros.

La decisión de sumar conjueces se produjo luego de que los tres integrantes actuales del máximo tribunal —Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti— no alcanzaran una posición unánime para resolver el expediente.

La Corte apuró los plazos

La novedad de este jueves es que el máximo tribunal comunicó que ambos conjueces aceptaron el cargo y estableció en 24 horas el plazo para que las partes puedan cuestionar esa integración. Además, se habilitaron días y horas inhábiles para acelerar el procedimiento.

El expediente se inició a partir de un planteo de Árbol de Pie, al que se sumaron las comunidades indígenas Lafkenche y Lof Fvta Anecon y la legisladora rionegrina Magdalena Odarda. La presentación cuestiona la constitucionalidad del artículo 154 del DNU y plantea argumentos vinculados con la protección ambiental y los derechos de los pueblos originarios.

La causa había sido presentada originalmente ante la Justicia Federal de Bariloche en diciembre de 2023 y posteriormente quedó vinculada a un expediente tramitado ante la Cámara Federal de La Plata. Hasta ahora, el planteo de fondo sobre la constitucionalidad de la derogación no había sido resuelto.

El antecedente del CECIM

La definición se produce pocos días después de que la Corte Suprema rechazara un amparo presentado por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) contra el mismo artículo del DNU 70/23.

En ese caso, el máximo tribunal no analizó la constitucionalidad de la derogación de la Ley de Tierras, sino que rechazó la presentación por considerar que el CECIM no tenía legitimación suficiente para promover ese proceso colectivo.

Ahora, con la incorporación de los dos conjueces, la Corte quedó en condiciones de avanzar sobre el expediente impulsado por Árbol de Pie y otros actores, por lo que se abre una nueva instancia judicial sobre una norma que modificó las restricciones para la propiedad extranjera de tierras rurales en Argentina.

La próxima definición de la Corte Suprema podría establecer un nuevo capítulo judicial sobre la vigencia y alcance de la derogación de la Ley de Tierras Rurales.

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