La Corte Suprema frenó la derogación de la Ley de Tierras: vuelven los límites para extranjeros

El máximo tribunal suspendió de manera provisoria los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, firmado por Javier Milei. La resolución restablece las restricciones para la compra de tierras rurales por parte de extranjeros mientras continúa el proceso judicial.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió suspender los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, impulsado por el presidente Javier Milei, que había derogado la Ley de Tierras Rurales 26.737 y eliminado las restricciones para la adquisición de campos por parte de extranjeros.

Con esta decisión, vuelven a regir de manera provisoria los límites para la compra de tierras rurales por extranjeros, mientras la Justicia analiza la legitimación de quienes presentaron el reclamo y el pedido de una medida cautelar.

La resolución fue firmada por los ministros Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, junto con los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci. Por su parte, el juez Carlos Rosenkrantz votó en disidencia.

La medida no constituye una sentencia definitiva sobre la constitucionalidad del decreto presidencial. El tribunal dispuso que la suspensión se mantenga hasta que el juez competente se pronuncie sobre la legitimación de los demandantes y examine el planteo cautelar.

El reclamo que llegó a la Corte Suprema

El expediente se originó a partir de una presentación realizada por la Asociación Civil Árbol de Pie, las comunidades Lafkenche y Lof Fcta Anecon, y la legisladora rionegrina Magdalena Odarda.

Los demandantes cuestionaron la derogación de la normativa que regula la adquisición de tierras rurales por extranjeros y solicitaron una medida cautelar para prevenir posibles daños ambientales.

La Corte Suprema consideró que el planteo involucraba cuestiones relacionadas con la protección del ambiente y resolvió adoptar una medida provisoria para garantizar la tutela judicial efectiva y evitar posibles daños irreparables.

De esta manera, las restricciones previstas por la Ley 26.737 recuperan vigencia mientras continúa el proceso judicial. La normativa establece límites a la titularidad extranjera de tierras rurales y regula su adquisición y concentración.

Cómo votaron los jueces de la Corte Suprema

La resolución contó con los votos de Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, mientras que Carlos Rosenkrantz manifestó su disidencia. Ante la falta de una mayoría entre los tres ministros, el tribunal convocó a dos conjueces para intervenir en la decisión.

Los magistrados incorporados fueron Diego Barroetaveña, integrante de la Cámara Federal de Casación Penal, y Juan Ignacio Pérez Curci, de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza.

Con la participación de ambos conjueces, se alcanzó la mayoría necesaria para disponer la suspensión provisoria del artículo 154 del DNU 70/2023, que había eliminado las restricciones establecidas por la Ley de Tierras Rurales.

El proceso judicial continuará con el análisis de la validez de la derogación impulsada por el Gobierno nacional y el alcance de las restricciones para la compra de tierras rurales por parte de personas extranjeras.

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