El Gobierno cobrará la atención médica a extranjeros sin residencia permanente

El Ministerio de Salud reglamentó el mecanismo para que los hospitales nacionales puedan cobrar por las prestaciones brindadas a personas extranjeras sin residencia permanente. La atención de urgencia continuará garantizada.

El Ministerio de Salud de la Nación reglamentó el procedimiento que permite a los hospitales nacionales cobrar por la atención médica brindada a ciudadanos extranjeros que no cuenten con residencia permanente en el país. La disposición fue firmada por el titular de la cartera sanitaria, Mario Lugones, y publicada en el Boletín Oficial en el marco de la aplicación de los cambios establecidos por el DNU 366/2025.

La medida establece pautas para que los establecimientos sanitarios administrados por el Estado puedan realizar el recupero de los costos generados por la atención de pacientes extranjeros que se encuentren de manera transitoria en el territorio argentino.

En el caso de las personas que cuenten con residencia permanente, se mantendrá el acceso al sistema público de salud en las mismas condiciones que los ciudadanos argentinos. Para acreditar esa condición deberán presentar el Documento Nacional de Identidad.

El esquema también contempla la situación de quienes cuenten con seguro médico. En esos casos, los establecimientos sanitarios podrán gestionar directamente el reclamo de los costos de la atención ante la compañía aseguradora correspondiente.

Cuando el paciente no tenga cobertura médica, el cobro de las prestaciones se realizará de acuerdo con las modalidades administrativas que determine cada hospital nacional.

La normativa mantiene la atención de urgencias sin restricciones. Las situaciones que impliquen peligro para la vida o para funciones vitales deberán ser atendidas de manera inmediata, independientemente de la condición de residencia del paciente.

Una vez superado el estado crítico o el riesgo inminente, las prestaciones médicas posteriores quedarán sujetas al correspondiente trámite de facturación, de acuerdo con el mecanismo establecido para cada caso.

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