Caso Rafael Nahuel: Casación redujo las penas y los cinco prefectos no irán a prisión

La Cámara Federal de Casación Penal modificó las condenas contra los cinco integrantes del Grupo Albatros condenados por la muerte de Rafael Nahuel en Villa Mascardi. Las nuevas penas son de cumplimiento condicional y se eliminó la inhabilitación especial.

La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal resolvió reducir las penas impuestas a los cinco integrantes del Grupo Albatros de la Prefectura Naval Argentina condenados por el homicidio de Rafael Nahuel, ocurrido el 25 de noviembre de 2017 en Villa Mascardi, Río Negro.

El tribunal hizo lugar a los recursos presentados por las defensas y dejó sin efecto las condenas de prisión efectiva que había establecido el Tribunal Oral Federal de General Roca en febrero de 2026. La nueva resolución establece que las penas serán de ejecución condicional, por lo que ninguno de los cinco condenados irá a prisión.

Cómo quedaron las penas

Sergio Guillermo Cavia, señalado como autor material del disparo que provocó la muerte de Nahuel, fue condenado a tres años de prisión en suspenso por homicidio agravado por el uso de arma de fuego, cometido con exceso en la legítima defensa.

Los otros cuatro prefectos fueron considerados partícipes necesarios del mismo delito. Juan Ramón Obregón recibió dos años y seis meses de prisión en suspenso; Francisco Javier Pintos y Carlos Valentín Sosa, dos años y tres meses cada uno; mientras que Sergio Damián García recibió dos años de prisión en suspenso.

También quedó sin efecto la inhabilitación especial que había sido impuesta a los cinco integrantes de Prefectura.

Por qué Casación redujo las condenas

Los jueces Carlos Mahiques, Mariano Borinsky y Guillermo Yacobucci consideraron que el tribunal de origen no había individualizado de manera suficiente la participación y las circunstancias particulares de cada uno de los condenados al momento de determinar las penas.

La Cámara tuvo en cuenta, entre otros elementos, la ausencia de antecedentes penales y administrativos, la inexperiencia de los efectivos en enfrentamientos armados y sus circunstancias personales y familiares.

También analizó de manera diferenciada la actuación de cada prefecto, incluyendo el arma utilizada y la cantidad de disparos atribuida a cada uno durante el operativo.

Una causa que lleva casi nueve años

Rafael Nahuel tenía 22 años cuando murió el 25 de noviembre de 2017 durante un operativo del Grupo Albatros en Villa Mascardi, a unos 35 kilómetros de Bariloche.

La investigación y el posterior juicio determinaron la responsabilidad penal de los cinco prefectos. Cavia fue considerado autor material y los otros cuatro fueron condenados como partícipes necesarios del homicidio agravado por el uso de arma de fuego, con exceso en la legítima defensa.

En junio de 2025, Casación ya había confirmado la responsabilidad penal de los cinco y la calificación legal del hecho, pero había anulado los montos de las penas y ordenado que fueran nuevamente determinados. En febrero de 2026, el Tribunal Oral Federal de General Roca había vuelto a establecer cinco años de prisión efectiva para Cavia y cuatro años y seis meses para los otros cuatro condenados.

Ahora, Casación volvió a intervenir y fijó directamente las nuevas penas, todas de cumplimiento condicional.

La causa puede llegar a la Corte Suprema

La resolución todavía puede ser recurrida. Tanto la fiscalía como las partes querellantes tienen la posibilidad de intentar llevar la discusión ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Por el momento, la responsabilidad penal de los cinco prefectos se mantiene, pero las penas quedaron reducidas y serán cumplidas en suspenso.

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