Puerto Madryn: deberá donar $900 mil al Hospital Isola por tener material explosivo en un lubricentro clandestino

Un hombre imputado por tenencia de material explosivo sin autorización accedió a la suspensión del juicio a prueba y deberá donar $900 mil al Hospital Isola tras un operativo en un lubricentro clandestino de Puerto Madryn.

La Justicia Federal resolvió otorgar la suspensión del juicio a prueba a un imputado por la tenencia de material explosivo sin autorización legal, en el marco de una causa iniciada tras un procedimiento realizado en la ciudad de Puerto Madryn.

La decisión fue adoptada por el juez Alejandro Cabral, del Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia, quien fijó un plazo de un año para el cumplimiento de las condiciones impuestas al acusado.

El hecho se remonta a un operativo realizado en 2020 en un inmueble ubicado sobre la calle Leloir al 700, donde funcionaba un lubricentro sin habilitación y sin las medidas de seguridad requeridas.

En el procedimiento participaron distintas áreas, incluyendo personal policial, Criminalística, Explosivos, Sustracción de Automotores, empleados municipales y Bomberos Voluntarios.

Operativo y encuadre de la causa

Durante la inspección, se constató la presencia de materiales explosivos, lo que derivó en la imputación del responsable por infracción a la normativa vigente.

En un primer momento, el hecho había sido encuadrado bajo una figura penal más grave, pero luego se adecuó al tercer párrafo del artículo 189 bis del Código Penal, tras un acuerdo entre la Fiscalía y la Defensa.

El imputado solicitó el beneficio de la probation, argumentando la falta de antecedentes penales y el carácter del hecho investigado.

Durante la audiencia, se indicó que los elementos secuestrados estaban vinculados a la actividad comercial del lugar y no a fines delictivos.

Condiciones impuestas y reparación económica

Como parte de las condiciones establecidas por la Justicia, el acusado deberá realizar una donación de $900.000 a la Sociedad de Amigos del Hospital de Puerto Madryn.

El monto será abonado en tres cuotas de $300.000, con vencimientos previstos para los meses de mayo, julio y septiembre.

Además, deberá fijar domicilio, mantener un número de contacto actualizado y presentarse ante la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal en los plazos establecidos.

También se le impuso la obligación de no cometer nuevos delitos durante el período de suspensión, bajo apercibimiento de que una eventual condena implique el cumplimiento efectivo de la pena.

Fundamentos del Tribunal

Al momento de resolver, el magistrado consideró que correspondía aplicar una interpretación pro homine, teniendo en cuenta las características del caso.

En ese marco, valoró que los materiales secuestrados no presentaban el mismo nivel de peligrosidad que otros elementos explosivos de mayor poder.

De esta manera, el Tribunal entendió que el conflicto podía resolverse mediante una salida alternativa al juicio, con una reparación económica y el cumplimiento de pautas de conducta por parte del imputado.

El acuerdo quedó sujeto al cumplimiento de todas las condiciones fijadas durante el plazo establecido por la Justicia.

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