Esquel: condenan a un hombre a 10 años de prisión por abuso sexual agravado contra una adolescente

La Justicia dictó una pena de cumplimiento efectivo tras un juicio abreviado en el que el imputado reconoció su responsabilidad por dos hechos ocurridos en 2020.

La Justicia de Esquel condenó a un hombre de 68 años a diez años de prisión efectiva por dos hechos de abuso sexual agravado cometidos en 2020 contra una adolescente de 14 años con retraso madurativo.

La sentencia fue dictada el martes 7 de abril por la jueza penal Alicia Fernanda Révori, en el marco de un juicio abreviado acordado entre el Ministerio Público Fiscal y la defensa.

Durante la audiencia, el imputado admitió su participación en los hechos, aceptó la calificación legal y la pena, lo que permitió evitar la instancia de juicio oral.

Los hechos ocurrieron en el domicilio del condenado durante el año 2020. El primero se registró entre enero y marzo, mientras que el segundo tuvo lugar el 16 de mayo.

Cómo se desarrolló la investigación

Según la acusación fiscal, la víctima tenía 14 años y presentaba una condición de vulnerabilidad que fue considerada central durante la investigación y el proceso judicial.

Entre las pruebas incorporadas se destacaron pericias de ADN, que confirmaron la presencia de material genético del imputado y de la víctima en elementos secuestrados durante el procedimiento.

También se sumaron testimonios mediante Cámara Gesell e informes psicológicos que respaldaron el relato de la adolescente y el impacto de los hechos.

Los fundamentos de la condena

Al momento de fijar la pena, se valoró la situación de vulnerabilidad de la víctima, la gravedad de los hechos y las consecuencias generadas en su entorno.

La magistrada explicó que «el juicio abreviado es un mecanismo legal válido en el que el imputado reconoce su responsabilidad y acepta la pena».

En ese contexto, se consideró que existía evidencia suficiente para acreditar la culpabilidad y se determinó que la pena de diez años de prisión era adecuada para el delito cometido.

Finalmente, se dispuso que, una vez firme la sentencia, las muestras biológicas del condenado sean incorporadas a los registros correspondientes y se garantizó el derecho de la víctima a participar en las instancias posteriores del proceso.

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