Choque sin terceros en Bariloche: condenan a la conductora tras dejar con secuelas a su acompañante

La víctima sufrió una fractura, quedó con incapacidad permanente y la Justicia ordenó una indemnización tras el accidente

Dos mujeres se trasladaban hacia su lugar de trabajo en un auto particular cuando protagonizaron un accidente de tránsito en una de las avenidas principales de San Carlos de Bariloche, camino al cerro Catedral. El vehículo perdió estabilidad en un tramo con hielo en la calzada y terminó impactando contra el cerco de una vivienda, sin intervención de otros autos.

La acompañante, que viajaba en el asiento delantero, resultó con lesiones. El impacto le provocó una fractura en la rodilla que requirió una intervención quirúrgica, seguida de un proceso de recuperación con rehabilitación y controles médicos.

El tratamiento incluyó también asistencia en el plano psicológico. Las secuelas del hecho derivaron en la necesidad de acompañamiento profesional, lo que formó parte del cuadro evaluado en el expediente.

Con el paso del tiempo, los informes periciales determinaron que la mujer no logró recuperar su estado previo. Las consecuencias del siniestro derivaron en una incapacidad permanente, con impacto en su vida cotidiana y laboral.

Demanda civil y cuestionamientos de la defensa

Frente a este escenario, la víctima inició una demanda por daños contra la conductora del vehículo. El reclamo incluyó la incapacidad, los tratamientos médicos y psicológicos, los gastos derivados y el perjuicio personal.

La parte demandada cuestionó la responsabilidad y sostuvo que el hecho respondió a las condiciones del camino. También planteó que la pasajera habría contribuido al daño, aunque no se precisó ni acreditó una conducta concreta en ese sentido.

En el proceso también intervino la aseguradora, que reconoció la cobertura pero impugnó los términos del reclamo presentado por la demandante.

El análisis judicial se centró en la responsabilidad por el uso del vehículo. La existencia del accidente y la presencia de la víctima dentro del auto no fueron discutidas.

Responsabilidad objetiva y fallo judicial

A partir de allí, el eje del caso fue determinar si existía alguna causa que permitiera eximir a la conductora. Sin embargo, no surgieron pruebas que respaldaran las defensas planteadas.

Los testimonios no aportaron elementos directos sobre el momento del hecho y no se acreditaron conductas de la pasajera que influyeran en el resultado. Tampoco se verificaron factores externos que rompieran el vínculo entre el accidente y el daño.

En ese contexto, el caso quedó encuadrado en un esquema de responsabilidad objetiva. La relación entre el vehículo y el daño resultó suficiente para atribuir la responsabilidad a la conductora.

Las pericias médicas y psicológicas tuvieron un peso central en la resolución. Los informes establecieron el grado de incapacidad y las secuelas, que sirvieron como base para fijar la indemnización.

Finalmente, el fallo admitió la mayor parte de los rubros reclamados y fijó una indemnización a favor de la mujer lesionada. La sentencia de primera instancia no se encuentra firme y puede ser apelada.

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